
Inscripción en el REA: requisitos, trámite y renovación
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Qué es el Registro de Empresas Acreditadas, quién debe inscribirse, qué requisitos exige, cómo se solicita ante la autoridad laboral autonómica, cuánto dura la inscripción y qué ocurre si trabaja sin ella.
En resumen
- El REA (Registro de Empresas Acreditadas) es obligatorio para toda empresa que intervenga como contratista o subcontratista en una obra de construcción, incluidas las reformas energéticas.
- Nace de la Ley 32/2006 de subcontratación en el sector de la construcción y de su reglamento, el Real Decreto 1109/2007.
- Exige organización preventiva, formación en prevención de riesgos de la plantilla y medios propios; la inscripción es válida tres años y se renueva.
- Trabajar sin inscripción expone a sanciones y a que el contratista principal le rechace; en nuestra red, el REA es la primera condición de alta.
Qué es el REA y por qué existe
El Registro de Empresas Acreditadas es el registro público en el que deben inscribirse las empresas que quieran intervenir como contratistas o subcontratistas en obras de construcción. Lo creó la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, con un objetivo concreto: reducir los accidentes laborales limitando las cadenas de subcontratación y exigiendo que cada empresa de la cadena tenga una organización preventiva real.
Su reglamento, el Real Decreto 1109/2007, fija cómo se inscribe una empresa, qué documentación aporta y cómo se renueva. Ambos textos están publicados en el Boletín Oficial del Estado .
En la práctica, el REA funciona como un filtro: un contratista principal no puede subcontratar a una empresa que no esté inscrita, y la autoridad laboral puede sancionar a quien lo haga. Por eso, para una empresa de reformas o de instalaciones, no estar en el REA equivale a no poder trabajar en obra ajena.
Quién debe inscribirse
La obligación alcanza a toda empresa que vaya a ser contratada o subcontratada para ejecutar trabajos en una obra de construcción. En el ámbito de la rehabilitación energética, esto incluye:
- empresas de aislamiento de fachadas, cubiertas y suelos;
- empresas instaladoras de calefacción, aerotermia, climatización, ventilación o fotovoltaica cuando intervienen en obra;
- empresas de carpintería exterior y de albañilería;
- empresas de rehabilitación integral que coordinan a otras.
El trabajador autónomo sin asalariados queda fuera de la obligación, porque la ley se dirige a empresas con trabajadores. Pero en cuanto contrata a una persona, la obligación nace. Si tiene dudas sobre su caso, pregunte a la autoridad laboral de su comunidad antes de firmar un contrato de obra.
Los requisitos
El REA no es un simple formulario: la empresa declara y acredita que cumple las condiciones de calidad que exige la ley. Las principales:
| Requisito | Qué significa en la práctica |
|---|---|
| Organización preventiva | Un sistema de prevención de riesgos laborales: servicio de prevención propio, ajeno o trabajador designado, según el tamaño |
| Formación en PRL | Los trabajadores y los mandos han recibido la formación en prevención de riesgos propia del sector |
| Medios propios | Personal y medios materiales suficientes para la actividad contratada; no se admite la empresa sin estructura que solo intermedia |
| Dirección y organización | La empresa ejerce directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo de sus empleados |
| Plantilla con contrato indefinido | La ley exige una proporción mínima de trabajadores con contrato indefinido; consulte el porcentaje vigente en el texto legal |
Prepare la documentación antes de iniciar el trámite: certificado de la modalidad preventiva, justificantes de formación de la plantilla, alta en la Seguridad Social, y la declaración del representante legal.
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Cómo se solicita
- Identifique la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde la empresa tiene su domicilio social: es la competente para inscribirle.
- Reúna la documentación que acredita los requisitos anteriores.
- Presente la solicitud a través de la sede electrónica de la comunidad autónoma o del portal del Ministerio de Trabajo y Economía Social , que centraliza la consulta pública del registro.
- Espere la resolución: la inscripción se practica y se le asigna un número de registro. Mientras tanto, no puede ser subcontratada legalmente.
- Comunique las variaciones (cambio de domicilio, de representante, de modalidad preventiva) cuando se produzcan.
La consulta del registro es pública: cualquier contratista, cliente o plataforma puede comprobar si una empresa está inscrita y si su inscripción está vigente.
Validez, renovación y consecuencias
La inscripción tiene una validez de tres años. La renovación debe solicitarse antes del vencimiento, aportando de nuevo la declaración de cumplimiento de los requisitos. Si se deja pasar el plazo, la inscripción caduca y hay que iniciar un nuevo trámite.
Trabajar sin inscripción, o con la inscripción caducada, tiene consecuencias en varios frentes:
- sanciones de la Inspección de Trabajo, tanto para la empresa como para quien la contrató;
- rechazo por parte de los contratistas principales, que están obligados a comprobar el REA;
- exclusión de licitaciones, de obras con ayudas públicas y de plataformas serias de solicitudes.
Una inscripción vigente es, en cambio, un argumento comercial: demuestra que la empresa tiene estructura y prevención, lo que importa a un administrador de fincas o a una comunidad de propietarios.
Tres casos concretos
El instalador de aerotermia que empieza a trabajar para constructoras. Hasta ahora facturaba directamente a particulares. Una constructora le pide el número REA para subcontratarle. Sin él, pierde el contrato. Se inscribe, y además tramita la habilitación RITE, que es otra obligación distinta: la explicamos en esta guía.
La empresa de aislamiento SATE que crece. Pasa de dos a seis trabajadores. Su organización preventiva ya no es la de una microempresa: revisa la modalidad preventiva, forma a los nuevos trabajadores y actualiza su inscripción antes de la renovación.
La empresa de reformas con inscripción caducada. Nadie se dio cuenta del vencimiento. Un contratista rechaza su oferta por este motivo. Reinicia el trámite y, mientras tanto, solo puede trabajar directamente para particulares, sin subcontratación.
Cómo lo comprobamos en la red
Al darse de alta en nuestra red como empresa española, declara su inscripción en el REA con su número y fecha. Es una condición obligatoria para todos los oficios, porque no existe una API pública que nos permita leerlo automáticamente. Nuestro equipo comprueba manualmente la inscripción en la consulta pública del registro antes de validar su cuenta, y la fecha de vencimiento queda registrada: recibirá un aviso antes de que caduque. Una empresa sin REA vigente no recibe solicitudes. Es la misma regla para todos, y protege a los profesionales que cumplen frente a los que no. Cómo conseguir obras con esta credencial en regla es el paso siguiente, y las ayudas autonómicas y los certificados de ahorro energético suelen exigirla a los instaladores.
Preguntas frecuentes
¿Un autónomo sin empleados debe inscribirse en el REA?
El trabajador autónomo sin trabajadores a su cargo no está obligado a inscribirse, porque la ley regula a las empresas que emplean trabajadores. En cuanto contrata a una persona, o si actúa como empresa con plantilla, la obligación nace. Compruebe su caso en la autoridad laboral de su comunidad.
¿La inscripción vale en toda España?
Sí. La inscripción se hace ante la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde la empresa tiene su domicilio social, y tiene validez en todo el territorio nacional.
¿Qué ocurre si olvido renovar?
La inscripción caduca a los tres años si no se renueva en plazo. Mientras esté caducada, no puede intervenir legalmente como contratista ni subcontratista en obras. Nuestra plataforma le avisa antes del vencimiento, pero la responsabilidad de renovar es suya.
¿Puedo subcontratar sin límite?
No. La Ley 32/2006 limita los niveles de subcontratación en cadena y exige que cada empresa de la cadena esté inscrita en el REA y cumpla los requisitos de calidad. Consulte los límites exactos en el texto de la ley antes de organizar una obra con varios niveles.
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Unirme a la redFuentes oficiales
- BOE — Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción (consultada el 15 oct 2026)
- BOE — Real Decreto 1109/2007, por el que se desarrolla la Ley 32/2006 (consultada el 15 oct 2026)
- Ministerio de Trabajo y Economía Social — Registro de Empresas Acreditadas (consultada el 15 oct 2026)
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Información oficial: las condiciones y los importes de las ayudas se publican en idae.es y en la web de su comunidad autónoma. Solo esas fuentes son vinculantes. idae.es